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Solicitudes de registros de adopción sellados

Los registros de adopción son sellados por el tribunal después de concederse una adopción y no se puede divulgar ninguna información que identifique a la familia biológica sin una orden judicial. La orden judicial debe ordenar que Estadísticas Vitales (VS) divulgue los registros, así como indicar qué registros se deben divulgar y el nombre de la persona a la que se deben divulgar los registros. Usted tendrá que enviar una copia certificada de la orden judicial finalizada a nuestra oficina junto con una copia de su identificación válida con fotografía y 10 dólares por concepto de tramitación.

Para abrir los archivos sellados, envíe lo siguiente a Estadísticas Vitales:

  • Una copia certificada de una orden judicial que concede la apertura del expediente de adopción sellado;
  • el nombre de la persona adoptada (como aparece en el acta de nacimiento actual);
  • la fecha de nacimiento de la persona adoptada, y
  • el lugar de nacimiento del adoptado.

Si no sabe qué tribunal concedió la adopción o si el tribunal no puede localizar el número de la causa, puede presentar una Solicitud de Identidad del Tribunal de Adopción (DOC, en inglés) a Estadísticas Vitales.

 

Para un servicio más rápido: